COMPLEJO AGROINDUSTRIAL SAN JUAN S.A. c/ ESTADO NACIONAL -M° E.O.Y S.P- s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El Complejo Agroindustrial San Juan SA apeló la declaración de caducidad de la instancia dictada por la jueza de grado. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó la decisión, argumentando que no se impulsó el proceso dentro del plazo legal.
Actor: Complejo Agroindustrial San Juan SA
Demandado: Estado Nacional
- M° EO y SP
Objeto: Revocación de la declaración de caducidad de la instancia
Decisión: Se desestima el recurso de apelación y se confirma la caducidad de la primera instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La caducidad de la instancia es un modo anormal de terminación del proceso, que se produce como consecuencia de la inactividad de la parte sobre la que recae la carga procesal de instarlo dentro del plazo legal." "Durante el período examinado por la señora jueza de grado, transcurrió el término legal previsto en el artículo 310, inciso 1°, del CPCCN, sin que la accionante efectuara actuación alguna tendiente a impulsar el proceso." "El ingreso del escrito en cuestión en el incidente de beneficio de litigar sin gastos resulta manifiestamente improcedente a efectos de interrumpir el curso de la caducidad de instancia."
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