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PALACIO, JESICA NOELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, declarando aplicable la Ley N° 27.541 para la movilidad del haber previsional.

Reajuste Previsional Anses Movilidad Ley n? 27.541 I.s.b.i.c. Constitucionalidad Impuesto a las ganancias Costas Apelacion

Actor: Jesica Noelia Palacio Demandado: ANSES Objeto: Reajuste de haber previsional Decisión: Se confirma la procedencia del reajuste, modificando parcialmente la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- "La demandada esgrime sus agravios y cuestiona la fundamentación expuesta por el Juez de grado para arribar a la conclusión dada."
- "Corresponde confirmar la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.)"
- "En función de lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la sentencia y su aclaratoria en cuanto al punto y, en consecuencia, declarar aplicable dicha normativa para la movilidad del haber previsional de la actora en ese período."

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