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J, A A c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación para obtener la cobertura del 100% de una silla de ruedas ultraliviana. El tribunal hizo lugar parcialmente al reclamo, reconociendo el derecho a la cobertura solicitada según la prescripción médica.

Amparo Salud Silla de ruedas Cobertura Discapacidad Ley 24.901 Autonomia Obligacion Accion positiva Medicina


- Quién demanda: A.A.J.

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura total de una silla de ruedas ultraliviana

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al amparo, reconociendo el derecho a la cobertura del 100% de la silla de ruedas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La importancia del derecho a la salud deriva de su condición de imprescindible para el ejercicio de la autonomía personal... el derecho a la salud e integridad física está consagrado por la Constitución Nacional..." "La demandada no puede desatender las necesidades del amparista, por lo que corresponde hacer lugar al reclamo impetrado..." "Una condena abierta en este punto implica, en los hechos, el cierre de todo eventual debate sobre la procedencia de futuras indicaciones médicas..."

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