SARAVIA OLIVA, ALVARO ALBERTO c/ EN-M SALUD DE LA NACION-LEY 29549 s/AMPARO LEY 16.986
El actor interpuso recurso de apelación contra la decisión que declaró abstracta la cuestión en su amparo contra el silencio administrativo del Ministerio de Salud. La Cámara confirmó la distribución de las costas impuestas en primera instancia por considerar que el acto lesivo cesó antes de la contestación del informe.
- Quién demanda: Álvaro Alberto Saravia Oliva (actor)
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Salud de la Nación (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de arbitrariedad del silencio administrativo y orden de inscripción en el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la distribución de costas dispuesta en la instancia anterior, manteniendo el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las costas se impondrán al vencido. No habrá condena en costas si antes del plazo fijado para la contestación del informe a que se refiere el artículo 8º, cesara el acto u omisión en que se fundó el amparo" (art. 14 Ley 16.986). "Toda vez que la omisión denunciada por el actor cesó de manera previa (4 de abril de 2025) al momento en que la parte demandada presentó el informe (...) corresponde confirmar la distribución de costas dispuesta en la instancia de grado."
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