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SPINA, MARIA FLORENCIA c/ CEMENTOS AVELLANEDA SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

María Florencia Spina apeló una sentencia que condenó a Cementos Avellaneda S.A. y otros a indemnizarla por daños derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la indemnización por gastos y confirmaron el resto de la sentencia.

Danos y perjuicios Indemnizacion Accidente de transito Incapacidad Gastos medicos Dano moral Tasa de interes Reparacion integral Responsabilidad civil Aseguradora


- Quién demanda: María Florencia Spina

¿A quién se demanda?

Cementos Avellaneda S.A. y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

Se modificó la indemnización otorgada para gastos de farmacia y traslado, confirmando el resto de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Debo recordar que esta Cámara se ha expedido sobre el punto, con criterio mayoritario, en autos “Samudio de Martinez”, por lo que considero que corresponde mantener la doctrina fijada por ese plenario, y aplicar la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina allí fijada desde la fecha del hecho y hasta el efectivo pago para todos los rubros." "En consecuencia, valorando los antecedentes de la actora ya señalados y la relación con las graves lesiones descriptas (conf. art. 1740, 1741 y cc CCC), estimo que la suma otorgada debe ser confirmada (art. 165 CPCC)." "El Código Civil y Comercial receptó la antigua jurisprudencia que ya sostenía que los gastos médicos, farmacéuticos y de transporte se presumen, en tanto sean razonables en función de la índole de las lesiones o la incapacidad (art. 1746 CCC)."

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