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CREDIL SRL C/ ROMERO MERCEDES S/ COBRO EJECUTIVO

Credil SRL apeló la resolución del juez de primera instancia que declaró su incompetencia territorial en un cobro ejecutivo. La Cámara confirmó la decisión, argumentando que el domicilio real del demandado es en Miramar, lo que justifica la declinación de jurisdicción.

Cobro ejecutivo Incompetencia territorial Jurisdiccion Competencia Derechos del consumidor Ley 24.240 Domicilio real Prorroga de competencia Acceso a la justicia Resolucion judicial

Actor: Credil SRL Demandado: Romero Mercedes Objeto: Cobro ejecutivo Decisión: Se confirma la resolución de incompetencia territorial dictada por el juez de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El domicilio del requerido en la localidad de Miramar fue consecuencia
- ante la imposibilidad de poder intimar de pago a la parte ejecutada en el domicilio denunciado en la demanda sito en esta ciudad
- por lo que no se configura violación a ese principio... el tribunal correspondiente al domicilio real del consumidor será el competente, siendo nulo cualquier pacto en contrario." "Si se mantuviera la competencia del órgano platense, no sólo se estarían menoscabando los derechos del consumidor que son precisamente los que se intentan proteger con la ley sino que se afectaría gravemente su acceso a la justicia... teniendo en cuenta el lugar donde reside actualmente la accionada, corresponde que sea confirmada la declaración de incompetencia remitiendo las actuaciones al Departamento Judicial de Mar del Plata."

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