BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ HERRERA PABLO ALEJANDRO S/ COBRO EJECUTIVO
El demandante José Carlos Salinas interpone un incidente solicitando la citación de terceros en el marco de su demanda contra el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó el rechazo de la citación, argumentando que no era necesaria para el cumplimiento de la sentencia.
Actor: José Carlos Salinas Demandado: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. Objeto: Citación de Telecom Argentina S.A. como tercero en el proceso. Decisión: Se confirmó el rechazo de la citación de terceros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La citación de tercero obligado es un instituto de aplicación restrictiva y excepcional, debiendo acreditar quien pide la citación el interés que tiene para hacer intervenir a un tercero en el proceso." "En este caso concreto, de la compulsa de la causa se puede observar que el accionante demandó al banco en virtud de la relación contractual que los une, invocando la ausencia de medidas de seguridad apropiadas para evitar la estafa." "Los agravios no podrán tener favorable acogida y, entonces, la sentencia atacada deberá ser confirmada."
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