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N, J. D. c/ OBRA SOCIAL UNION PERSONAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

La actora interpuso un amparo contra la Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación para obtener la cobertura integral de un acompañante terapéutico. La Cámara Federal de La Plata confirmó la decisión de primera instancia, ordenando la cobertura solicitada y ajustando los honorarios del abogado actora.

Amparo Obra social Discapacidad Acompanante terapeutico Cobertura integral Honorarios Juez de camara Salud Ley 16.986 Nomenclador de prestaciones


¿Quién es el actor?

J. D. N., en representación de su hija G. C. B.

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión Personal de la Unión del Personal Civil de la Nación
- Objeto de la demanda: Cobertura del 100% de la prestación de acompañante terapéutico.
- Decisión del tribunal: Se confirma la cobertura integral del acompañante terapéutico y se elevan los honorarios del abogado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que "la cobertura en cuestión será del 100 % para el caso de efectuarse con un prestador de la nómina de profesionales de la accionada", y que "la conducta de la demandada motivó la necesidad de la actora de interponer la presente acción".

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