CAJA SEG. SOC. PARA LOS PSICOLOGOS DE LA PCIA DE BS AS C/ RAGONESE JUAN PABLO OSVALDO S/ APREMIO
Se interpone recurso de apelación contra la sentencia de remate por prescripción y inhabilidad de título. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, desestimando el recurso y sosteniendo la aplicabilidad del plazo decenal de la ley 14.236 para la prescripción de aportes previsionales.
Actor: Caja de Seguridad Social para los Psicólogos de la Provincia de Buenos Aires Demandado: Juan Pablo Osvaldo Ragonese Objeto: Ejecución de aportes previsionales adeudados Decisión: Se confirma la sentencia de remate, desestimando el recurso de apelación
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los aportes previsionales adeudados a una Caja Profesional se hallan alcanzados por la prescripción decenal que estatuye el art. 16 de la ley 14.236." "El exceso en el que ha incurrido la Caja en la reclamación de períodos posteriores a la suspensión de la matrícula tiene entidad para inhabilitar al título en aquéllo que rebasa lo debido, pero de modo alguno le resta ejecutividad sobre la deuda efectivamente devengada." "Las costas del juicio ejecutivo serán a cargo de la parte vencida, con excepción de las correspondientes a las pretensiones de la otra parte que hayan sido desestimadas."
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