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PIPITÓ MATIAS EZEQUIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El Dr. Matías Ezequiel Pipito promovió demanda para la regulación de honorarios por su intervención en un expediente administrativo ante la Comisión Médica Jurisdiccional de Lanús. El Tribunal resolvió regular sus honorarios en 11,5 JUS con más aportes previsionales, considerando la complejidad de su labor.

Incidente Honorarios Ley 14.967 Comision medica Regulacion de honorarios Aportes previsionales Jus Provincia a.r.t. Abogado Labor profesional

Actor: Matías Ezequiel Pipito Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por tareas en el expediente administrativo N° 419997/24. Decisión: Se regulan honorarios en 11,5 JUS, más el 10% de aportes y IVA, a ser abonados por la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La labor del abogado que se expresa ante las comisiones médicas es de suma complejidad y especialización, requiriéndose que el profesional cuente con conocimiento técnico
- jurídico profesional y manejo de un procedimiento establecido por medio de numerosas normativas, resoluciones sucesivas de lo más variadas y poco claras." "Considero que dicha labor no puede menos que ser encuadrada en los términos del 44 inc b y/o último párrafo de ley 14967, cuya escala es del 7.50 al 18.75 % aplicación de la reducción del 25% de la escala del art. 21 misma ley." "Postulo regular los honorarios del doctor Matias Ezequiel Pipito, por su actuación profesional ante la Comisión Médica Jurisdiccional de Lanús, en el expediente SRT N°419997/24 dentro de los parámetros analizados de la Ley 14.967."

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