SANCHEZ ABEL MAXIMILIANO C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
El actor promovió demanda por el cobro de prestaciones derivadas de un accidente in itinere. El Tribunal de Trabajo N° 3 de Quilmes hizo lugar a la excepción de incompetencia territorial y declaró la incompetencia para entender en la causa.
Actor: Sanchez Abel Maximiliano Demandado: Gobernación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cobro de prestaciones derivadas de un accidente in itinere Decisión: Se hizo lugar a la excepción de incompetencia territorial y se declaró la incompetencia del Tribunal de Trabajo N° 3 de Quilmes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que adentrándonos en el análisis de la normativa aplicable al caso, corresponde destacar que el sistema adjetivo que rige el procedimiento administrativo ante las comisiones médicas... el ámbito de la ley local 5.827... ha de ser el ámbito de la ley local 5.827, que rige específicamente la competencia territorial de los órganos jurisdiccionales de la materia... resulta territorialmente competente para entender en estas actuaciones el Tribunal de Trabajo N° 1 del Departamento Judicial de Quilmes, con asiento en la ciudad de Florencio Varela." "Por ello, sin perjuicio de anteriores pronunciamientos de este Tribunal, atento a lo expuesto precedentemente... la defensa de incompetencia en razón del territorio planteada por la accionada, debe prosperar, correspondiendo remitir las actuaciones, para su conocimiento, al Tribunal de Trabajo N° 1 con asiento en Florencio Varela."
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