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MANZINI MIGUEL ALFREDO C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El Dr. Manzini promovió incidente para la fijación de honorarios por su actuación en representación de un trabajador ante la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo N° 1 de San Isidro determinó que los honorarios son a cargo de la aseguradora demandada, estableciendo sumas específicas por las actuaciones realizadas.

Incidente Honorarios Aseguradora de riesgos del trabajo Fijacion de honorarios Patrocinio letrado Ley 27.348 Ley 14.967 Costas Comision medica Jus arancelarios

Actor: Dr. MANZINI MIGUEL ALFREDO Demandado: ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Objeto: Fijación de honorarios por actuación profesional Decisión: Se regulan los honorarios a favor del Dr. Manzini y se imponen costas a la demandada

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La inoficiosidad no se presenta frente a actos que requieren patrocinio letrado (control técnico-jurídico), en pos de asegurar una debida defensa de los derechos de los damnificados. Máxime aún cuando en el caso de autos, la labor del letrado del actor obtuvo el resultado favorable buscado." "La actividad profesional no se presume gratuita, conforme las reglas que rigen el mandato. En tal sentido, el art. 1322 del CCCN establece que: 'El mandato se presume oneroso.'" "En consecuencia, a la luz de las probanzas rendidas, observando lo normado por los arts. 21, 44 inc. b y 55 de la ley 14.967 y Acordada SCBA 4200/25 considerando el valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada por el profesional peticionante, propongo regular los honorarios..."

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