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BOUZA DALMA NEREA C/ ALTIERI MARIA LAURA S/ DESPIDO

Dalma Nerea Bouza solicita la homologación de una transacción en el marco de un despido. El Tribunal del Trabajo N° 1 homologó la transacción, considerando que fue celebrada por partes capaces y en ejercicio de su voluntad.

Incidente Homologacion Transaccion Despido Capacidad Voluntad Costas Honorarios Justicia Acuerdo conciliatorio

Actor: Dalma Nerea Bouza Demandado: Maria Laura Altieri Objeto: Homologación de una transacción celebrada entre las partes Decisión: Se homologó la transacción celebrada por las partes

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido'). "Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio."

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