RECOFSKY ANTONIO ADAN C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra la aseguradora por daños derivados de su trabajo. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad de un D.N.U. y condenó a la aseguradora a pagar $2.935.183,10 por los daños ocasionados.
Actor: RECOFSKY ANTONIO ADAN Demandado: LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Objeto: Indemnización por enfermedad profesional derivada de las tareas realizadas en su trabajo. Decisión: Se hace lugar a la acción y se condena a la demandada al pago de $2.935.183,10.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El Art. 44 de la Ley 24.557 de riesgos del trabajo dispone en su parte pertinente que: 'Las acciones derivadas de ésta ley prescriben a los dos años a contar de la fecha en que la prestación debió ser abonada o prestada y, en todo caso, a los dos años desde el cese de la relación laboral'." "Adelanto mi postura en cuanto entiendo que la acción no se encuentra prescripta. [...] el actor agotó el trámite ante la Comisión Médica jurisdiccional S.R.T., lo que interrumpe el plazo para el cómputo de la prescripción." "Surge prístino de las declaraciones testimoniales, pericia de ingeniería y fundamentalmente pericial médica que nos encontramos ante una enfermedad de naturaleza laboral." "FALLO: [...] Hacer lugar, a la acción promovida por enfermedad profesional por el Sr. RECOFSKY, ANTONIO ADAN contra el demandado de autos: 'LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S. A.' condenándolo a abonar a la actora la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y TRES CON DIEZ CENTAVOS ($ 2.935.183,10)."
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