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INSTITUTO NUESTRA SEÑORA DEL BUEN VIAJE C/ PERONA LUCIA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

El Instituto Nuestra Señora del Buen Viaje promovió una acción de cobro sumario de sumas de dinero contra Lucia Perona. El Tribunal homologó el acuerdo transaccional presentado por las partes, considerando la voluntad expresa de las mismas y regulando los honorarios correspondientes.

Incidente Cobro sumario Acuerdo transaccional Honorarios Mediador prejudicial Voluntad de las partes Costas Homologacion Regulacion de honorarios Codigo civil y comercial

Actor: Instituto Nuestra Señora del Buen Viaje. Demandado: Lucia Perona. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero. Decisión: Se homologó el acuerdo alcanzado por las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que representando dicha transacción voluntad expresa de las partes ... no apareciendo en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo celebrado por las partes, y en virtud de lo manifestado precedentemente: RESUELVO: 1º) Homologar lo acordado por las partes." "Las costas serán soportadas por la parte DEMANDADA según lo acordado en la clausula CUARTA Y QUINTA." "Con relación a los honorarios a regularse a favor del mediador prejudicial debo decir en primer lugar que el art. 1255 del Código Civil y Comercial regula que: 'El precio se determina por el contrato, la ley, los usos o, en su defecto, por decisión judicial.'"

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