EN-SECRETARIA DE ENERGIA c/ PETROLERA DEGAB SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Secretaría de Energía interpuso un recurso extraordinario tras la confirmación de la caducidad de la primera instancia. La Cámara Contencioso Administrativa Federal rechazó el recurso, citando que la perención de instancia no es revisable en esta vía.
Actor: Secretaría de Energía del Estado Nacional Demandado: Petrolera Degab S.A. Objeto: Revisión de la resolución sobre la caducidad de la primera instancia. Decisión: Se rechazó el recurso extraordinario interpuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"las resoluciones que versan sobre la perención de instancia por tratarse de cuestiones procesales y de hecho, no son revisables por la vía del recurso extraordinario (Fallos C.S.:289:148; 284:279)." "la arbitrariedad atribuida a la sentencia constituye una causal que no puede ser considerada por este Tribunal, debiéndose, por otro lado, destacar que el pronunciamiento, al margen de su error o acierto, muestra suficiente fundamentación, fáctica y jurídica, para constituir un acto jurisdiccional válido."
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