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GONZALEZ MARIA JOSE C/ VOLKSWAGEN ARGENTINA SA S/ EJECUCION DE HONORARIOS DE MEDIACION LEY 13.951

Se homologa un convenio sobre pago extrajudicial en el marco de una ejecución de honorarios de mediación. El Tribunal regula los honorarios de los abogados intervinientes, fijando montos específicos y estableciendo los plazos de pago.

Ejecucion de honorarios Mediacion Homologacion de convenio Regulacion de honorarios Ley 14.967 Jus arancelarios Plazo de pago Intereses Abogados Volkwagen argentina s.a.

Actor: GONZALEZ MARIA JOSE Demandado: VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. Objeto: Ejecución de honorarios de mediación. Decisión: Se homologó el convenio y se regulan los honorarios de los letrados en 7 Jus arancelarios cada uno.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"HOMOLOGASE el convenio sobre pago extrajudicial (art. 308 del C.P.C.C.)." "POR LA TOTALIDAD DE LAS TAREAS PROFESIONALES REALIZADAS EN AUTOS, regúlanse los honorarios de la Dra. Maria Jose GONZALEZ (matrícula AZ025) en SIETE (7) JUS ARANCELARIOS y los del Dr. Joaquín BRAVO (T° XIII
- F° 163 CAA) en SIETE (7) JUS ARANCELARIOS." "Los honorarios regulados por trabajos judiciales deberán abonarse dentro de los diez (10) días de haber quedado firme el auto regulatorio."

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