HERRERA MARIA OCTAVIA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicita la declaratoria de herederos de María Octavia Herrera tras su fallecimiento. El Tribunal declara a sus hijos como herederos universales, cumpliendo con los requisitos legales pertinentes.
¿Quién es el actor?
No se menciona un actor específico, se trata de un incidente sucesorio.
¿A quién se demanda?
No hay demandado explícito en este caso.
- Objeto de la demanda: Declaratoria de herederos de María Octavia Herrera.
- Decisión del tribunal: Se declara a los hijos de María Octavia Herrera como herederos universales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 735 y 737 del Código adjetivo, RESUELVO: 1) Declarar que por el fallecimiento de MARIA OCTAVIA HERRERA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos HELIO ROBERTO FIORUCCI, DANIEL RICARDO FIORUCCI." "Que sin perjuicio de lo precedentemente resuelto, a efectos del debido conocimiento por parte de los interesados, y razones de celeridad, concentración y economía procesal, se impone enumerar los recaudos previos a ordenar la inscripción de la declaratoria de herederos en el registro que correspondiere..."
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