LOS TAJIBOS S.A. S/ QUIEBRA
Se solicita la conclusión del proceso de quiebra de LOS TAJIBOS S.A. por falta de activos. El Tribunal dispone la clausura del procedimiento e impone las costas a la fallida, regulando honorarios por la intervención del síndico y letrados.
Actor: No se menciona un actor específico, el incidente se refiere a la conclusión del proceso de quiebra. Demandado: LOS TAJIBOS S.A. Objeto: Solicitud de conclusión del proceso de quiebra por falta de activos. Decisión: Se resuelve la clausura del procedimiento por falta de activo en la quiebra y se imponen las costas al fallido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Correspondía resolver en los términos del art. 232 de la LCQ. En cuanto a las costas del presente proceso, corresponde imponerlas al fallido, toda vez que fue su situación de cesación de pagos la que determinó la apertura del proceso falencial (art. 228 LCQ)." "Tratándose de una quiebra en la que no se han realizado bienes, la Suscripta considera prudente fijar, para el órgano sindical, un monto equivalente a tres sueldos de secretario de primera instancia de esta jurisdicción, lo que asciende actualmente a la suma de $ 6.838.409,55." "Se regulan los honorarios profesionales de los Síndicos y letrados intervinientes, estableciendo montos específicos para cada uno de ellos."
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