N.M.E. c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD
El actor promovió acción de amparo contra la Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y OSDE para mantener su afiliación sin limitaciones. El Juzgado Civil y Comercial Federal 8 hizo lugar a la acción, reconociendo el derecho a la salud de la actora y ordenando mantenerla como afiliada.
- Quién demanda: N.M.E.
¿A quién se demanda?
Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA) y Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantenimiento de la afiliación sin limitaciones temporales y presupuestarias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El derecho cuya protección se persigue en autos… aparece reconocido por la Constitución Nacional y los pertinentes tratados internacionales…". "La mera circunstancia de jubilarse no implica, automáticamente, la transferencia de la beneficiaria al I.N.S.S.J.P…". "Los decretos 292/95 y 492/95… limitan su operatividad… a los Agentes que se inscriban en el registro correspondiente, con lo cual se conculca el derecho a la salud…".
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