.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires rechazó el recurso de casación contra la sentencia que condenó a Ramón Enrique De Olivera por homicidio agravado, confirmando la correcta valoración probatoria y la legalidad de la pena impuesta.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Ramón Enrique De Olivera interpuso recurso de casación contra la sentencia del Tribunal en lo Criminal nro. 4 de La Matanza, que lo condenó a 10 años de prisión por tentativa de homicidio de su ex pareja, Miriam Reinalda Franco Leite, tras un episodio de violencia de género. La recurrente alegó que la valoración de la prueba fue arbitraria y que la conducta no fue probada con certeza, sugiriendo que la conducta debería encuadrarse en lesiones graves. La Cámara de Casación, tras analizar el análisis probatorio, la valoración de la prueba y la fundamentación del tribunal de grado, concluyó que la sentencia fue fundada en un análisis racional y lógico, sin vicios ni arbitrariedades, y que la calificación legal y la pena estaban ajustadas a derecho. Se destacó que las declaraciones de la víctima, los informes médicos y las evidencias colectadas respaldan la convencimiento del tribunal de grado en la existencia del dolo homicida, y que la valoración de la prueba fue adecuada conforme a las reglas de la sana crítica. La Cámara también rechazó la queja sobre la cuantificación de la pena, señalando que la misma se ajustó a los principios de proporcionalidad y razonabilidad, y que la discrecionalidad del juez en la graduación de la pena no es revisable en casación salvo casos de manifiesta desproporcionalidad. En consecuencia, se confirmó la sentencia condenatoria, rechazando el recurso de casación.
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