SALCEDO ADELQUI ROBERTO C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor solicitó la homologación de un acuerdo alcanzado en relación a una acción de revisión de la Comisión Médica Jurisdiccional. El Tribunal del Trabajo de Zárate homologó el acuerdo, considerando que se logró una justa composición de los derechos e intereses de las partes.
Actor: Salcedo Adelqui Roberto Demandado: La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Objeto: Homologación de un acuerdo alcanzado en el marco de una acción de revisión. Decisión: Se homologa el acuerdo del 17.06.25.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057)." "A los fines de efectivizarse el/los pago/s pactado/s en concepto de CAPITAL, INTIMASE a la parte actora para que dentro del término de dos (2) días acredite en el expediente la titularidad exclusiva de una cuenta abierta a nombre del actor en una entidad bancaria (cuenta sueldo)." "Los pagos de tales honorarios (y pacto de cuota litis en caso de corresponder), aportes y/o IVA, deberán efectivizarse mediante depósitos en la cuenta bancaria que a tales fines denuncien en autos los profesionales interesados."
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