RIVADENEIRA LEMBO CRISTIAN ANIBAL C/ TRANSOL S.R.L. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra TRANSOL S.R.L. solicitando el pago de diversos rubros. El Tribunal del Trabajo Nº 2 hizo lugar a la excepción de incompetencia territorial y remitió la causa al Tribunal correspondiente en Quilmes.
Actor: CRISTIAN ANÍBAL RIVADENEIRA LEMBO Demandado: TRANSOL S.R.L. Objeto: Pago de indemnización por despido, preaviso, integración mes de despido, aguinaldos, vacaciones, haberes adeudados, diferencias salariales e indemnización de la ley 25.323. Decisión: Hacer lugar a la excepción de incompetencia territorial opuesta por la demandada y remitir la causa al Tribunal correspondiente en Quilmes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal analizó la competencia territorial de acuerdo con el artículo 3° de la ley 15.057, que establece el derecho del trabajador a promover la demanda en el tribunal del lugar de prestación del trabajo, del domicilio del demandado, o del lugar de celebración del contrato. El Tribunal concluyó que la prestación principal de trabajo no se realizó en el domicilio del actor, sino que era ocasional y esporádica. Por lo tanto, se consideró que no se daba ninguno de los supuestos que justificaran la intervención del Tribunal. Se argumentó que "no estimo acreditado que la prestación principal de transporte desarrollada haya tenido desarrollo primordial ni esencial en el domicilio del Sr. Rivadeneira".
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