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CARRANZA CINTIA GISELA C/ GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BS AS S/ MATERIA A CATEGORIZAR

El actor promovió demanda para la regulación de honorarios profesionales por su intervención en un proceso contencioso administrativo. El Tribunal de Trabajo N° 2 de Quilmes hizo lugar a la demanda, determinando honorarios por 7 JUS en virtud del trabajo realizado.

Incidente Honorarios Regulacion Riesgos del trabajo A.r.t. Ley 14.967 Ley 27.348 Cuantificacion Provincia de buenos aires Empleador auto-asegurado

Actor: CARRANZA CINTIA GISELA Demandado: GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Regulación de honorarios profesionales por la actuación en el expediente SRT N° -346085-/23 Decisión: Se hace lugar a la demanda y se regulan honorarios de 7 JUS ($ 295.533) más IVA, con plazo de pago de 60 días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los honorarios profesionales que correspondan por patrocinio letrado… estarán a cargo de la respectiva aseguradora de riesgos del trabajo (A.R.T.)" "En consecuencia, propongo desestimar en el presente caso la aplicación de Resolución 34/19... ciñendo la regulación a lo previsto en el art. 44 inc. b) de la ley 14.967." "En virtud de lo expuesto y considerando que los trabajos desarrollados por el letrado accionante en las actuaciones administrativas han sido de significativa trascendencia, corresponde hacer lugar a la demanda… en la cantidad de 7 JUS ($ 295.533)".

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