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LOPEZ ARIEL HERNAN S/ INCIDENTE

El demandante solicitó el beneficio de litigar sin gastos alegando su situación económica crítica para cumplir con el depósito previo en un recurso extraordinario. El Tribunal rechazó la solicitud por considerar que no se acreditó la insuficiencia patrimonial necesaria para acceder a dicho beneficio.

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Actor: ARIEL HERNÁN LOPEZ Demandado: MENTRASTE MARÍA FLORENCIA Objeto: Beneficio de litigar sin gastos para eximirse del depósito previo en un recurso extraordinario. Decisión: Se rechazó el beneficio de litigar sin gastos, imponiendo las costas al incidentista.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El beneficio de litigar sin gastos ha sido establecido a favor de quienes, por insuficiencia de medios económicos, no se encuentran en condiciones de afrontar el pago que necesariamente implica la sustanciación de un proceso... En el caso bajo estudio, y a pesar del tiempo transcurrido, las pruebas incorporadas no acreditan la insuficiencia patrimonial, la carencia de recursos, ni la imposibilidad de obtenerlos para eximirla del depósito previo exigido en la norma del art. 83 Ley 15.057..." "Solo situaciones acabadamente demostradas de carencia total de recursos por parte del peticionario del beneficio, que en forma fehaciente se encuentre demostrado un impedimento de acceso a la Justicia, el Juzgador debe otorgar dicha posibilidad sin que ésta signifique llevar a buen puerto un intento de eludir el depósito exigido por ley..."

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