.................... S/QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA
El defensor particular de Cristian Ezequiel Constanzo presentó una queja por retardo de justicia respecto a un pedido de morigeración de prisión preventiva. La Cámara de Casación Penal rechazó la queja, argumentando que no se configuraba el retardo de justicia previsto en el Código Procesal Penal.
Actor: Abog. Luis Nicolás Jorquera Demandado: Cristian Ezequiel Constanzo Objeto: Queja por retardo de justicia en la resolución de un pedido de morigeración de prisión preventiva. Decisión: Se rechazó la queja interpuesta por el defensor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El legislador es claro al establecer que 'vencido el plazo en que deba dictarse una resolución, el interesado podrá pedir pronto despacho, y si dentro de tres (3) días no lo obtuviere, podrá denunciar el retardo al Tribunal que ejerza la superintendencia...'" "El retardo de justicia que necesariamente debe configurarse a efectos de acudir a este Tribunal... no se presenta en autos." "En todo caso, los agravios que la parte intenta aquí formular, deberán articularse en respeto al sistema recursivo previsto por nuestro código de rito..."
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