OLIVA FIGUEREDO BLAS MATIAS y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación de acuerdo transaccional en autos de homologación de convenio. La Cámara homologó el acuerdo, revalida el monto de $2.200.000 a favor del actor, con costas a cargo de la demandada, tras analizar la validez del acuerdo y el cumplimiento de requisitos legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Blas Matías Oliva Figueredo, demanda a Verónica Andrea Tusar y Gerardo Carlos Binasco en un proceso de homologación de acuerdo conciliatorio. La Cámara, tras analizar los votos de los jueces, decide homologar el acuerdo transaccional presentado, considerando que "la solución arribada constituye una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057)". La sentencia precisa que "De conformidad a lo acordado, se revalida la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 2.200.000) a favor de la parte actora y a cargo de la parte demandada, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada." Además, se ordena a la demandada acreditar el cumplimiento de la tasa de justicia y contribución al Colegio de Abogados, bajo apercibimiento legal. En relación a los honorarios profesionales, se regulan en función del monto del acuerdo, con detalles sobre el pago y la incidencia del IVA. La homologación se realiza considerando que "la solución arribada resulta una justa composición de los derechos y deberes de las partes", y que "el acuerdo transaccional cumple con los requisitos del artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y la ley de honorarios". No existen votos disidentes relevantes, y la decisión se basa en la adecuación del acuerdo a la normativa vigente y las circunstancias del caso.
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