ARINA DAIANA SOLEDAD C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La demanda por accidente de trabajo de Daiana Arina fue aceptada, y la sentencia ordena a la aseguradora pagar $1.423.721 por incapacidad parcial permanente, confirmando la procedencia del reclamo y rechazando inconstitucionalidades.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Daiana Arina, demanda a Federación Patronal Seguros S.A. para que cubra la indemnización por incapacidad parcial permanente derivada de un accidente laboral ocurrido el 01.02.2021, que le provocó dolencias en el hombro derecho.
- Se acredita la relación laboral con Clínica Espora S.A., la existencia del siniestro, y la incapacidad resultante. La prueba pericial médica y contable respaldan la minoración de la capacidad laboral en un 9.70%, la cual se valora en la ley 24.557, actualizada y ajustada por el índice RIPTE, de acuerdo con la normativa vigente.
- La sentencia concluye que el accidente ocurrió en el ejercicio de tareas laborales, que la aseguradora reconoció y atendió el siniestro, y que la incapacidad física y laboral es del 9.70%. La indemnización por la incapacidad se fija en $1.423.721, monto que supera el piso mínimo legal actualizado, y se calcula conforme a la fórmula legal y los factores de ponderación.
- Se rechazan planteos de inconstitucionalidad de leyes y decretos, confirmando la validez del marco normativo. La incorporación del DNU 669/19 y la aplicación del índice RIPTE son considerados constitucionales y vigentes.
- Los intereses se calculan a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde el 02.01.2021 hasta la fecha, y las costas se imponen a la parte vencida.
- La sentencia ordena a la aseguradora pagar la suma de $1.423.721, con intereses y costas, y regula honorarios de los profesionales intervinientes.
- La sentencia también rechaza la inconstitucionalidad de las leyes y decretos impugnados, y confirma la procedencia del reclamo por accidente laboral.
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