VIVES JERÓNIMO Y OTRO/A C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
Los Dres. Jerónimo Vives y Micaela Milagros Brandi promovieron demanda para la regulación de honorarios por su actuación en un expediente administrativo. El Tribunal decidió hacer lugar a la demanda, regulando los honorarios en cinco jus arancelarios para cada abogado.
Actor: Dres. Jerónimo Vives y Micaela Milagros Brandi Demandado: Federación Patronal Seguros S.A.U. Objeto: Regulación de honorarios por actuaciones profesionales Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se regularon los honorarios
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a las pautas establecidas en los artículos 44 y 55 de la Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores (14.967), que fijan los parámetros para la regulación de honorarios, y ante la inexistencia de base arancelaria e invaluabilidad del derecho de la trabajadora que estuvo en cuestión, estimo prudentemente, en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, que a los Dres. Jerónimo Vives y Milagros Brandi le corresponden CINCO JUS ARANCELARIOS -5-, para cada uno, con más sus adicionales de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967)..." "El artículo 1° de la ley 27.348, establece expresamente que es obligatoria la intervención de un abogado patrocinante en las actuaciones por parte del trabajador, en los reclamos que lleven a cabo en instancia administrativa..." "Así las cosas, en atención a las pautas establecidas en los artículos 44 y 55 de la Ley de Honorarios de Abogados y Procuradores (14.967)..."
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