PRAT JULIO CESAR C/ PROVINCIA ART S.A. S/ RECURSO CONTRA DECISION COMISION MEDICA JURISDICCIONAL. LEY 14997
El actor promovió recurso de apelación contra la decisión de la Comisión Médica Jurisdiccional respecto de la caducidad de su reclamo. El Tribunal confirmó la constitucionalidad del plazo de caducidad establecido por el artículo 2, inciso 'j', de la ley 15.057, desestimando la inconstitucionalidad alegada.
Actor: PRAT JULIO CESAR Demandado: PROVINCIA ART S.A. Objeto: Declaración de inconstitucionalidad del plazo de caducidad de 90 días para interponer la acción de revisión. Decisión: Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad y se confirmó la caducidad del reclamo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Considero que la norma cuestionada no se enfrenta a la distribución de competencias entre la Nación y las Provincias... el art. 2 inc. j de la ley 15.057, es una norma refleja de lo dispuesto por el tercer párrafo del art. 2 de la ley 27.348..." "Concentrando la mirada solo en el plazo de '...90 días hábiles judiciales...', no encuentro ningún motivo como para entender que entraña una afrenta hacia garantías constitucionales." "Disiento con la solución de los magistrados preopinantes... resulta contraria al principio de Supremacía Constitucional contemplado en el art. 31 de la CN y los arts. 16, 75 inc. 22 y 121 del mismo cuerpo normativo."
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