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ARROYO MARIA CRISTINA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

La actora solicitó la homologación de un acuerdo transaccional en un caso de enfermedad profesional. El Tribunal homologó el acuerdo, considerando su razonabilidad y la conformidad de las partes.

Homologacion Acuerdo transaccional Enfermedad profesional Ley de contrato de trabajo Principio protectorio Costas Honorarios Tribunal del trabajo Suma acordada Derecho laboral

Actor: María Cristina Arroyo Demandado: Federación Patronal Seguros S.A.U. Objeto: Homologación de un acuerdo transaccional. Decisión: Se homologó el acuerdo transaccional por el cual la demandada abonará a la actora la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000,00).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No advierto inconveniente alguno en acoger favorablemente la homologación peticionada, dada la razonabilidad del acuerdo celebrado, la expresa conformidad prestada por las partes intervinientes y la ausencia de violación de norma de orden público alguna." "El requisito de homologación establecido por la ley laboral sustantiva en su art. 15 está dirigido a hacer efectivo el 'orden público laboral' en el que prima el principio protectorio hacia el trabajador." "La conciliación propuesta presenta una justa composición de derechos e intereses de las partes, por lo que la homologación pedida resulta procedente."

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