MEDINA SERGIO WALTER NICOLAS C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La homologación de acuerdo en proceso laboral por accidente in-itinere. La cámara dictaminó la validez del acuerdo y dispuso su homologación, regulando honorarios y costas, con especial atención a las obligaciones fiscales y de comunicación a las partes.
- Quién demanda: Sergio Walter Nicolas Medina
¿A quién se demanda?
Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación del acuerdo transaccional alcanzado por las partes para poner fin al proceso por accidente in-itinere, con regulación de honorarios, costas y pagos.
¿Qué se resolvió?
El tribunal homologó el acuerdo presentado, considerando que cumple con los requisitos legales y que constituye una justa composición de derechos e intereses. Además, dispuso la regulación de honorarios profesionales, costas a la parte demandada, y estableció instrucciones para la transferencia de fondos y comunicación a las partes y a la ART, además de ordenar las diligencias necesarias para la efectivización de los pagos y cumplimiento de obligaciones fiscales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." "Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas a la parte DEMANDADA." "Por todo ello, atento a lo peticionado, deliberado y votado, el Tribunal RESUELVE: Homologar el acuerdo presentado a fs. 58 (art. 15 L.C.T.). Con costas a la parte DEMANDADA (art. 14 y 26 Ley 15.057)." "Asimismo, se establecen instrucciones específicas para la comunicación, pago y cumplimiento de obligaciones fiscales, en línea con la normativa vigente, incluyendo la regulación de honorarios, tasas de justicia y procedimientos de transferencia bancaria." No se evidencian votos disidentes ni consideraciones en disidencia relevantes en la sentencia.
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