OJEDA AMALIA ADELINA C/ AGOSTINO FRANCISCO RICARDO S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo transaccional en trámite laboral, con imposición de costas a la parte demandada y regulación de honorarios, fue confirmada por la tribunal, considerando que cumple con los requisitos legales y que la parte demandada deberá abonar las sumas y cumplir con las indicaciones para la transferencia de fondos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Amalia Adelina Ojeda, promovió una demanda por despido contra Francisco Ricardo Agostino. Se presentó un acuerdo transaccional que fue sometido a homologación por el Tribunal del Trabajo Nº 1 en Lomas de Zamora. La sentencia resalta que el acuerdo cumple con los requisitos legales y constituye una justa composición de derechos e intereses. El tribunal resolvió homologar dicho acuerdo, imponiendo costas a la parte demandada y regulando los honorarios de los profesionales intervinientes, además de establecer las formalidades para la transferencia de fondos y comunicación de datos. La fundamentación principal sostiene que "en el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas". También se destaca que "la homologación del acuerdo presentado a fs. 134 (art. 15 L.C.T.)" es el resultado de la decisión, y que "con costas a la parte DEMANDADA". La sentencia además regula aspectos relacionados con la comunicación bancaria y la efectivización de las transferencias, reiterando que el acuerdo cumple con los requisitos legales y que la parte demandada debe cumplir con las obligaciones asumidas.
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