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PELUCHI AGUSTIN C/ MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO

La Justicia ordena a la Municipalidad de General Pueyrredón que permita a Peluchi gestionar su duplicado de licencia de conducir sin condicionar el trámite al pago de multas en otras jurisdicciones. La sentencia reconoce que la exigencia de pago previo es ilegítima y que la normativa vigente no respalda tal condicionamiento.

Licencia de conducir Multas de transito Recurso de amparo Legitimacion activa Inconstitucionalidad Seguridad vial Tramite administrativo Derecho a circular Recaudacion ilegal Precedentes judiciales.


- Quién demanda: Agustín Peluchi

¿A quién se demanda?

Municipalidad de General Pueyrredón

¿Cuál es el objeto del reclamo?

El reconocimiento del derecho a obtener el duplicado de la licencia de conducir sin estar condicionado al pago de multas pendientes en otras jurisdicciones.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la acción de Peluchi y se ordenó a la Municipalidad que permita continuar con el trámite sin exigir el pago previo de multas. Además, se condenó a la Municipalidad a pagar las costas del proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la exigencia del pago de multas en otras jurisdicciones como condición para tramitar la licencia carece de sustento normativo y tiene un carácter recaudatorio que contraviene principios constitucionales y el espíritu de la normativa de tránsito. Se sostuvo que la normativa vigente, incluyendo precedentes de la Cámara, establece que el cumplimiento de multas no debe ser un obstáculo para el acceso a la licencia, y que la obligación de abonar infracciones pendientes se debe canalizar por los medios legales adecuados, sin condicionar derechos fundamentales. La sentencia cita que "el cumplimiento con el pago de las multas por las infracciones cometidas por quien ha obrado con imprudencia en la conducción de un vehículo, no lo torna por sí solo en un juicioso o hábil conductor, y mucho menos, garantiza un incremento en la seguridad vial." Además, se destaca que la exigencia de multas en jurisdicciones ajenas con fines recaudatorios resulta irrazonable y contraria a la finalidad de seguridad vial que invoca la Municipalidad.

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