ALBORNOZ CARLOS ADRIAN C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El actor promovió demanda por el cobro de prestaciones dinerarias derivadas de una enfermedad profesional. El Tribunal del Trabajo N° 1 declaró la inconstitucionalidad de ciertos artículos de la ley 24.557 y condenó al Fisco de la Provincia de Buenos Aires al pago de $11.958.182.
Actor: Carlos Adrián Albornoz Demandado: Fisco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Cobro de prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de enfermedad profesional. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557 y se condena al Fisco a pagar $11.958.182.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La patología de cervicobraquialgia bilateral no debe ser ponderada en autos toda vez que no fue objeto de pretensión en autos. En relación a la lumbociatalgia bilateral, de los estudios médicos aportados y constancias de autos, estimo prudente mensurar la ILPPD vinculada al trabajo en un 50% respecto de la que fuera determinada por el perito médico (15%)." "En consecuencia, juzgo que corresponde re-calcular la incapacidad en los siguientes términos: (7,5% de 88,5 % = 6,63%)." "El artículo 12 de la ley 24.557, al establecer el mecanismo para determinar el módulo salarial sobre la base de un valor manifiestamente depreciado, deviene inconstitucional."
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