FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FOSELLI MARCELO GERARDO S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena la ejecución de pago de la suma reclamada y el remate en caso de incumplimiento, confirmando la procedencia del apremio fiscal por la deuda tributaria del demandado. La resolución dispone también costas y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires demanda a Marcelo Gerardo Foselli en un proceso de apremio para cobrar una deuda de 40.682 pesos, más intereses. La sentencia ordena continuar la ejecución hasta que el demandado pague íntegramente el monto reclamado, con intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo, y establece que las costas serán a cargo del vencido. La resolución señala que, dado que Foselli no opuso excepciones dentro del plazo legal, se lo tendrá por perdido el derecho que ha dejado de usar, conforme al art. 7 Ley 13.406. La decisión también difiere la regulación de honorarios y registra la causa en los términos de los artículos 13 y 15 de la Ley 13.406, además de notificar en los términos del artículo 13 LAP y en conformidad con los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA. Fundamentos principales: "no habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406)." "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos CUARENTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 0/100 ($40.682,00) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago." "Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406)." "De conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los arts. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406."
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