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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ POWERPARTS SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

Homologación de acuerdo de pago solicitado por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires en proceso de apremio. La resolución homologó el acuerdo y reconoció la firma, autorizando los honorarios del letrado y disponiendo su ejecución.

Homologacion acuerdo de pago Proceso ejecutivo Ley 13.406 Honorarios profesionales Apremio fiscal Acuerdo judicial Reconocimiento firma Normativa ley 14.967 Ley 6.716 Notificacion judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicitó la homologación judicial de un acuerdo de pago presentado por la parte actora, Powerparts SRL, en el marco de un proceso de apremio. La autoridad judicial, tras analizar la documentación, resolvió homologar el acuerdo, reconociendo la firma y autorizando los honorarios pactados del representante del Fisco, Eberhard Soraya Adriana, en la suma de $126.657,00. La decisión se fundamenta en que el acuerdo cumple con los requisitos previstos en el artículo 23 de la Ley 13.406, modificada por Ley 15.016, y que la homologación es procedente para dar eficacia al acuerdo en el procedimiento ejecutivo. La resolución también recuerda la normativa aplicable en materia de honorarios y el procedimiento de notificación a las partes. La resolución concluye disponiendo la inscripción y notificación de la misma a las partes, conforme a la normativa vigente. Fundamentos principales de la decisión: "Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406." "Resuelto el reconocimiento de la firma y homologado el acuerdo, corresponde la ejecución del mismo en los términos allí establecidos." "El acuerdo presentado cumple con los requisitos legales y formales necesarios para su homologación, siendo procedente su aprobación en esta instancia." "Se autorizan los honorarios del letrado del Fisco, en la suma de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($126.657,00), conforme lo prescripto en la normativa aplicable." "Regístrese, notifíquese a las partes, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A."

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