FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LUCHINI ALEJANDRO JORGE Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
Homologación de acuerdo de pago presentado por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires y reconocimiento de firma; la homologación fue otorgada con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406, y se registraron y notificaron los honorarios del letrado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente corresponde a un proceso en el que el Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la homologación de un acuerdo de pago presentado por el demandado, Alejandro Jorge Luchini. La autoridad judicial reconoce la firma en el acuerdo, lo homologa conforme al art. 23 de la Ley 13.406 y registra los honorarios pactados a favor del letrado del Fisco, Soraya Adriana Eberhard, por la suma de pesos 115.143,00. La resolución se basa en que la parte no posee un domicilio electrónico constituido y, por ende, la cédula de notificación se confeccionó en formato papel. La decisión implica la aprobación del acuerdo de pago y el reconocimiento de los honorarios profesionales, sin que exista resolución sobre un recurso de apelación o similar.
Fundamentos principales:
"II.
- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406."
"Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2
- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716."
"Atento a que la parte no posee un domicilio electrónico constituido, la cédula a confeccionarse se encuentra comprendida en el supuesto de excepción previsto en el art. 11 del Anexo I de la acordada 4039, y por ende se deberá confeccionar en formato papel."
La resolución no presenta disidencias y se limita a homologar el acuerdo de pago, reconociendo la firma y registrando honorarios, sin que exista un pronunciamiento en torno a recursos o apelaciones específicos.
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