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CHACRA FEDERICO EZEQUIEL C/ SUDAMEDICAL S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió un incidente solicitando la declaración de caducidad de instancia en su demanda por despido. El Tribunal del Trabajo Nº 1 de Avellaneda declaró la caducidad de la instancia debido a la inacción de las partes tras la intimación.

Incidente Despido Caducidad de instancia Impulso procesal Ley 15.057 Tribunal del trabajo Inaccion de partes Costas Honorarios Procedimiento laboral

Actor: CHACRA FEDERICO EZEQUIEL Demandado: SUDAMEDICAL S.A.; Otro/a Objeto: Declaración de caducidad de instancia en un caso de despido. Decisión: Se declaró la caducidad de la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La caducidad de instancia debe aplicarse con criterio restrictivo, en virtud de las facultades que la propia ley confiere a los Tribunales del Trabajo para instar la actividad procesal de las partes (arts. 11 y 12 de la ley 15.057)." "La conducta de las partes con posterioridad a la intimación dispuesta con fecha 19/05/2025, obstaculiza la normal tramitación del juicio, dejando transcurrir el plazo fijado por el art. 11 de la ley citada." "Consecuentemente, voto por declarar la caducidad de la instancia en autos, con costas por su orden gozando la actora del beneficio de ley."

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