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VERITA CARLOS ALBERTO Y OTRO/A C/ VERDAD PUBLICIDAD S.A S/ EJECUCION DE SENTENCIA

El expediente corresponde a un incidente procesal en el marco de una ejecución de sentencia. La Cámara decidió acumular las presentes actuaciones al expediente principal por economía procesal, manteniendo la tramitación conjunta de ambos procesos y señalando que las presentaciones electrónicas futuras deberán dirigirse al expediente principal. La sentencia del expediente principal aún no se encuentra firme y se providenciará luego de la notificación correspondiente.

Incidente procesal Acumulacion Ejecucion de sentencia Proceso laboral Notificacion Firmeza Tramite Economia procesal Documentacion Sentencia no firme

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, VERITA CARLOS ALBERTO, con patrocinio de la Dra. Mariana Fernanda de Senzi, solicita la acumulación del presente incidente a un expediente principal de despido (Expte. 37736).
- La parte demandada es VERDAD PUBLICIDAD S.A.
- Se trata de un incidente procesal en el marco de un proceso de ejecución de sentencia.
- La Cámara resolvió acumular las actuaciones a la causa principal, señalando que en adelante las presentaciones electrónicas deberán realizarse en el expediente principal.
- La sentencia del expediente principal no está firme, ya que no ha sido notificada; por ello, se aguardará su notificación para proseguir con el trámite. Fundamentos principales: "Por economía procesal, procédase a ACUMULAR las presentes actuaciones a su principal 'VERITA CARLOS ALBERTO Y OTRO S/ DESPIDO', Expte. 37736, que tramita ante este Tribunal. Haciéndole saber al presentante que en lo sucesivo, las presentaciones electrónicas deberán ser remitidas al principal." La Cámara dispone la acumulación para evitar trámites redundantes y garantizar celeridad en la resolución. Además, se aclara que "en lo sucesivo, las presentaciones electrónicas deberán ser remitidas al principal", en línea con las buenas prácticas procesales y la unificación de actuaciones. La resolución final indica que "la Sentencia recaída no se encuentra firme al no estar notificada, acompañada que sea la documentación pertinente (Sentencia y su notificación fehaciente), se proveerá", señalando que la tramitación continuará una vez cumplidos estos requisitos.

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