RAMALLO ROSA ESTER C/ IOMA S/ AMPARO
La demanda de amparo por provisión de audífonos prescriptos fue aceptada, ordenando a IOMA entregar los audífonos OTICON JET 2 BTE en cinco días, por considerar que la denegatoria afectó derechos constitucionales a la salud; el tribunal sostuvo que la vía del amparo es adecuada en casos de derechos en riesgo.
¿Quién es el actor?
Rosa Ester Ramallo.
- A quien se demanda: IOMA, Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La provisión inmediata de dos audífonos retroauriculares "OTICON JET 2 BTE", prescriptos médicamente por el Dr. Manuel S. Flores, ante la negativa del organismo a entregarlos.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo, ordenando a IOMA entregar los audífonos en cinco días, con costas a la demandada vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal afirmó que "el derecho a la salud y a la integridad física" están protegidos por jerarquía constitucional, incluyendo tratados internacionales y la Constitución Nacional. Se destacó que en casos donde está en riesgo el derecho a la salud, la vía del amparo es un remedio eficaz, ya que "el rechazo u omisión de la cobertura nunca puede significar el avasallamiento de derechos protegidos". Asimismo, se valoró que la documentación médica y la autorización previa por parte de la auditoría técnica de IOMA acreditan la necesidad del medicamento, y que la denegatoria produjo una afectación en derechos constitucionales, justificando la orden de entrega inmediata. El fallo remarcó que "el derecho a la salud debe prevalecer sobre las especulaciones económicas y trámites burocráticos", y que la demora en la provisión vulnera derechos protegidos por la ley y la Constitución. En cuanto a la regulación de honorarios, se aplicó la Ley 15.016 y se regularizaron los honorarios del letrado patrocinante, dejando sin regulación los de otros profesionales por disposición legal.
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