CONTRERA OLAECHEA MARIANELLA JAZMÍN Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Se homologó el acuerdo transaccional entre la actora y la demandada por un monto de $993.400. El Tribunal del Trabajo de Tandil consideró que el convenio asegura una justa composición de derechos e intereses, ajustándose a la ley.
Actor: CONTRERA OLAECHEA MARIANELLA JAZMÍN. Demandado: PARIS AZUL SRL, representada por su socio gerente Sr. José Alfonso Fernández Menéndez. Objeto: Homologación de un acuerdo transaccional. Decisión: Se homologó el acuerdo por un monto de $993.400 y se impusieron las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, ... el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.)... corresponde declarar válido el acuerdo celebrado por las partes y homologar el mismo con fuerza de Sentencia, a través del cual la parte demandada se obliga a abonar a la parte actora de autos la suma de pesos NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS ($ 993.400)...".
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