FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESPACIOS RECREATIVOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/ APREMIO PROVINCIAL
La sentencia ordena el trámite de ejecución para el cobro de la deuda tributaria de $378.568,60, más intereses, contra la demandada, y establece que el demandado ha sido debidamente notificado y constituido en domicilio, disponiendo el remate y la regulación de honorarios en oportunidad futura.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juez dispuso la ejecución del capital de $378.568,60 más intereses desde la interposición de la demanda, debido a que la parte demandada no opuso excepciones en el término legal. Según surge del mandamiento de intimación, el domicilio fiscal fue debidamente notificado y constituido en los estrados del juzgado. La resolución ordena continuar con el trámite de remate y fija la fecha para la regulación de honorarios en la próxima oportunidad. El fundamento principal radica en la falta de oposición de la parte demandada, lo cual, conforme al artículo 155 del CPCC, implica la pérdida del derecho a plantear excepciones. Además, el tribunal invoca las disposiciones de la Ley 13406 y del CPCC para sustentar la ejecución y notificación.
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