BORRUTO JOSE IGNACIO C/ AUTOASEGURADA GOBERNACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/FIJACION DE HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El Dr. José Ignacio Borruto promovió un incidente para la regulación de honorarios por su actuación como letrado en un proceso administrativo. El Tribunal de Trabajo de Junín hizo lugar a la demanda y fijó honorarios profesionales a cargo de la demandada, considerando la normativa aplicable.
Actor: Dr. José Ignacio Borruto Demandado: Autoasegurada Gobernación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Regulación de honorarios profesionales por actuación en un proceso administrativo Decisión: Se hace lugar a la regulación de honorarios solicitada por el letrado
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se advierte, en base a tal legislación, que este es el procedimiento administrativo en el cual intervino el letrado accionante como patrocinante del damnificado en el expediente administrativo indicado, por cuya actuación en el acuerdo arribado solicita se regulen sus honorarios profesionales." "La regla del art. 21 prevé que los honorarios del abogado serán fijados entre el diez (10) y el veinticinco (25) por ciento de su monto; también, en su art. 25 2° párrafo establece que la regulación se practicará sobre el monto total que resulte de la conciliación, la cual en el caso ascendió a la suma de $9.594.098,73." "Hacer lugar a la demanda deducida, determinando los honorarios profesionales del Dr. José Ignacio Borruto, por su actuación en el proceso administrativo que tramitara ante la Comisión Médica N° 14 de Junín en el expediente SRT Nº 460346/24 como letrado patrocinante del damnificado Sr. Dominguez Claudio Adrián, en la cantidad de 27,25 JUS."
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