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MIRAD MIGUEL ANGEL C/ PERSONAL S.A. Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor Miguel Angel Mirad demandó por despido incausado a Servicios para Empresas S.A. y Telecom Personal S.A. El Tribunal de Trabajo de Junín hizo lugar a la demanda, reconociendo la existencia de un empleador plural y condenando a las demandadas al pago de $1.777.729,02 en concepto de indemnización.

Despido Indemnizacion Empleo Teletrabajo Cct 130/75 Salarios adeudados Empleador plural Proteccion laboral Ley 24.013 Ley 25.323

Actor: Miguel Angel Mirad Demandado: Servicios para Empresas S.A.; Telecom Personal S.A. Objeto: Indemnización por despido incausado y salarios adeudados. Decisión: Se hizo lugar a la demanda, ordenando el pago de indemnización y salarios adeudados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"He de señalar que tal como ha sido acreditado por los recibos de haberes, la prueba pericial contable y los testimonios oídos en la audiencia de vista de causa, Mirad se encontraba registrado para una empresa denominada Servicios para Empresas SA, con la cual Telecom SA tenía contratado servicios de mantenimiento y limpieza... En virtud de la contraprestación efectuada por el trabajador, se beneficiaba en forma destacada la empresa Telecom SA, quien alega exención de responsabilidad..." "El principio protectorio del derecho del trabajo (art. 14 bis de la C.N.) es de sentido orientador del ordenamiento jurídico laboral, buscando tutelar al sujeto que, evidentemente, se encuentra dentro de la relación laboral, en situación de disparidad -inferioridad
- negocial." "Asiste al actor el derecho a ser indemnizado de acuerdo a las normas previstas en el ordenamiento laboral (arts. 231, 232, 233 y 245 de la L.C.T.)."

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