REBOREDO JUAN CARLOS C/ INSTITUTO OBRA MÉDICA ASISTENCIAL - IOMA S/ AMPARO
El actor promovió acción de amparo contra el IOMA para obtener la entrega de audífonos debido a su condición de discapacidad. El Tribunal de Trabajo de Junín hizo lugar a la demanda, ordenando al instituto la provisión de las prestaciones médicas requeridas.
Actor: Juan Carlos Reboredo
Demandado: Instituto Obra Médica Asistencial
- IOMA
Objeto: Entrega de audífonos prescriptos por médicos tratantes.
Decisión: Se hace lugar a la acción de amparo, ordenando al IOMA la provisión de los audífonos solicitados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción de amparo resulta admisible en virtud de la lesión del derecho a la salud del amparista, quien padece una hipoacusia mixta que afecta su calidad de vida. La Ley 13928 establece la obligación de las obras sociales de garantizar la cobertura de las prestaciones básicas en salud. El derecho a la salud, consagrado en la Constitución Nacional y Provincial, debe ser protegido con acciones positivas por parte de la administración pública." "La omisión del IOMA en entregar los audífonos solicitados, pese a la obligación legal de hacerlo, justifica la intervención del Tribunal para evitar un retroceso en la salud del amparista."
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