OJEDA , SEBASTIÁN ARIEL C/ SOCIEDAD ANÓNIMA EXPRESO SUDOESTE Y OTROS S / DAÑOS Y PERJUICIOS
La sentencia reconoce la responsabilidad objetiva del transporte y del vehículo por daños ocasionados en accidentes de tránsito, condenando a los demandados a pagar indemnizaciones millonarias, con fundamentación en la prueba y en la normativa vigente del Código Civil y Comercial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia analiza las demandas por daños y perjuicios presentadas por Mirta Itatí Romero y Sebastián Ariel Ojeda contra la Sociedad Anónima Expreso Sudoeste y Juan Manuel Ortiz, derivadas de accidentes de tránsito ocurridos el 11 de mayo de 2016. La jueza Raquel Negri concluye que los hechos son probados, que la responsabilidad es objetiva y que la causa de los daños radica en la actividad de transporte y en la colisión con las motocicletas, respectivamente. La sentencia fundamenta la responsabilidad en la naturaleza del contrato de transporte y en la presencia de riesgos inherentes a la actividad, aplicando los principios del CCyC. Además, se establecen montos indemnizatorios de $ 11.088.000 para Romero y $ 13.705.000 para Ojeda, incluyendo daños físicos, psíquicos, morales, gastos, reparaciones y privación de uso. La condena alcanza a la aseguradora Metropol Sociedad de Seguros Mutuos, en función del contrato de seguros. La resolución también determina las costas y fija intereses al 6% anual desde el hecho dañoso. La sentencia, firme, se dicta en base a la valoración probatoria y la normativa vigente, con fundamentación en la responsabilidad objetiva y en la prueba producida.
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