BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO C/ PINI CLAUDIA ROXANA Y OTRO/A S/ EJECUCION PRENDARIA
El Banco Credicoop promovió una ejecución prendaria por un mutuo de $305.577,80 contra Claudia Roxana Pini y Rolando Ferradas. El tribunal rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 23.928 y ordenó continuar con la ejecución hasta el pago del capital y los intereses correspondientes.
Actor: Banco Credicoop Cooperativo Limitado Demandado: Claudia Roxana Pini; Rolando Ferradas Objeto: Ejecución de un mutuo con garantía prendaria por $305.577,80 Decisión: Se ordena continuar con la ejecución hasta el pago del monto reclamado, rechazando el planteo de inconstitucionalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El planteo vinculado con la inconstitucionalidad de una norma debe ser efectuado en la primera oportunidad procesal propicia y respetando la audiencia de la contraria. [...] Si la parte con interés en ello no lo hiciere, se estima que ha consentido o renunciado a su introducción en el juicio." "La acción entablada por el Banco Credicoop, tiende a obtener el cobro de un mutuo con garantía prendaria. [...] la pretensa declaración de inconstitucionalidad de los arts. 7 de la ley 23.928, ratificados por ley 25.561, y la subsiguiente aplicación de la doctrina legal emanada del fallo 'Barrios' de nuestro más Alto Tribunal, no resultan, a mi criterio, ajustables al caso ventilado en autos." "Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, CLAUDIA ROXANA PINI y ROLANDO FERRADAS hagan a la acreedora, BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO, íntegro pago del capital reclamado de PESOS TRESCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 305.577,80)".
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