ARRIAGA MARIA LUISA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicita la declaratoria de herederos de María Luisa Arriaga tras su fallecimiento en 1999. El Tribunal hace lugar a la solicitud, declarando como herederos a sus hijos tras verificar la documentación correspondiente.
¿Quién es el actor?
No se menciona un actor específico.
¿A quién se demanda?
No se menciona un demandado específico.
- Objeto de la demanda: Declaratoria de herederos de María Luisa Arriaga.
- Decisión del tribunal: Se declara a los hijos de María Luisa Arriaga como herederos universales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por ello, de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación vigente al momento del fallecimiento del causante y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de MARIA LUISA ARRIAGA, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos OSCAR RUBÉN, MÓNICA ALICIA y OSCAR RUBÉN ROMERO Y ARRIAGA".
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