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ARRIAGA MARIA LUISA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Se solicita la declaratoria de herederos de María Luisa Arriaga tras su fallecimiento en 1999. El Tribunal hace lugar a la solicitud, declarando como herederos a sus hijos tras verificar la documentación correspondiente.

Sucesion Declaratoria de herederos Herencia Codigo civil y comercial Acta de defuncion Universales herederos Procedimiento sucesorio Documentacion requerida Juzgado de primera instancia Ley 17.801


¿Quién es el actor?

No se menciona un actor específico.

¿A quién se demanda?

No se menciona un demandado específico.
- Objeto de la demanda: Declaratoria de herederos de María Luisa Arriaga.
- Decisión del tribunal: Se declara a los hijos de María Luisa Arriaga como herederos universales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por ello, de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por la Sra. Agente Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2337, 2424, 2426, y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación vigente al momento del fallecimiento del causante y arts. 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por el fallecimiento de MARIA LUISA ARRIAGA, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos OSCAR RUBÉN, MÓNICA ALICIA y OSCAR RUBÉN ROMERO Y ARRIAGA".

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