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PANCE RICARDO ALEJANDRO C/ INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA

El actor promovió una acción de amparo por mora contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires para que se expida sobre un reclamo administrativo. El Tribunal hizo lugar a la acción y ordenó a la demandada expedirse en un plazo de quince días.

Amparo Mora Procedimiento administrativo Plazos Due process Instituto de prevision social Derechos de los ciudadanos Juzgado contencioso administrativo Obligaciones administrativas Responsabilidad del estado

Actor: RICARDO ALEJANDRO PANCE Demandado: INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Objeto: Amparo por mora en relación con el reclamo administrativo presentado Decisión: Se hace lugar al amparo y se ordena a la demandada expedirse en 15 días

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La finalidad de este instituto jurídico es sólo procurar el pronto despacho del obrar demorado." Asimismo, se destaca que "la ley de procedimiento administrativo para la Provincia de Buenos Aires [...] prescribe expresamente que el procedimiento administrativo debe impulsarse de oficio." Se concluye que "los plazos administrativos son obligatorios para las autoridades públicas." "En tal contexto cabe destacar que la ley de procedimiento administrativo para la Provincia de Buenos Aires [...] generando el incumplimiento de los plazos, la responsabilidad imputable a los agentes directamente a cargo del trámite o diligencia y a los superiores jerárquicos obligados a su dirección y fiscalización." "Por ello, corresponde hacer lugar a la acción de amparo por mora deducida, condenando a la autoridad demandada a expedirse dentro del plazo de quince (15) días."

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